Deducciones del IRPF por obras de eficiencia energética: 20, 40 y 60 %

Portada: casa con aislamiento y una etiqueta de eficiencia energética de la A a la G

Qué obras desgravan el 20, 40 o 60 %, qué certificados necesitas y los plazos vigentes: obras en viviendas hasta el 31/12/2026 y en edificios hasta el 31/12/2027.

Además de la deducción por autoconsumo de 2026, el IRPF tiene tres deducciones por obras que mejoran la eficiencia energética de las viviendas: cambiar ventanas, aislar la fachada o la cubierta, instalar aerotermia o placas solares, entre otras. A diferencia de la deducción por autoconsumo, exigen demostrar la mejora con certificados de eficiencia energética.

Las tres deducciones

DeducciónQué hay que conseguirPorcentajeBase máximaDeducción máxima
Reducir la demanda de calefacción y refrigeraciónReducción de al menos un 7 %20 %5.000 € al año1.000 € al año
Reducir el consumo de energía primaria no renovableReducción de al menos un 30 %, o calificación A o B40 %7.500 € al año3.000 € al año
Rehabilitación energética de edificios residencialesReducción de al menos un 30 %, o calificación A o B del edificio60 %5.000 € al año y 15.000 € en total9.000 € en total

Las dos primeras se aplican a tu vivienda habitual o a una vivienda que tengas alquilada como vivienda. No valen, por ejemplo, las segundas residencias ni los garajes, trasteros, jardines o piscinas. La tercera se aplica a viviendas y plazas de garaje o trasteros adquiridos con ellas en edificios de uso predominantemente residencial, normalmente a través de obras de la comunidad de propietarios.

En la del 60 %, si la comunidad paga la obra, tu base es lo que pagó la comunidad multiplicado por tu coeficiente de participación. Lo que no puedas deducir en un año por superar los 5.000 € se puede deducir en los cuatro años siguientes, siempre sin pasar de 15.000 € en total. En las del 20 % y el 40 % no existe ese arrastre.

Plazos

Estas deducciones se han prorrogado varias veces. A principios de 2026 hubo dos prórrogas que no llegaron a consolidarse, porque el Congreso no convalidó los reales decretos-leyes que las incluían (el 16/2025 y el 2/2026). La prórroga vigente es la del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, convalidado por el Congreso:

DeducciónObras o pagos hastaCertificado posterior expedido antes de
20 % y 40 % (obras en viviendas)31 de diciembre de 20261 de enero de 2027
60 % (obras en edificios residenciales)31 de diciembre de 20271 de enero de 2028

En la práctica, a 30 de septiembre de 2026, quien quiera las deducciones del 20 % o el 40 % tiene poco más de tres meses para terminar la obra y conseguir el certificado posterior. Las obras pueden haberse hecho desde el 6 de octubre de 2021, cuando se crearon estas deducciones.

En las dos primeras, la deducción se aplica en el año en que se expide el certificado posterior.

Los certificados de eficiencia energética

  • Certificado previo: refleja el estado de la vivienda antes de las obras. Debe haberse expedido, como máximo, dos años antes de empezarlas.
  • Certificado posterior: acredita la mejora exigida (el 7 %, el 30 % o la letra A o B).

Sin el certificado previo no hay deducción, así que encárgalo antes de empezar las obras. Los dos deben expedirse y registrarse según el Real Decreto 390/2021, en el registro de tu comunidad autónoma.

Otros requisitos

  • Se descuentan de la base las subvenciones públicas que recibas para esas obras.
  • Los pagos tienen que hacerse por tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Lo pagado en efectivo no cuenta.
  • No entra en la base el coste de equipos que usen combustibles fósiles, como una caldera de gas.
  • El coste de los certificados cuenta en la base de la deducción.
  • Para una misma instalación de autoconsumo no puedes sumar estas deducciones y la nueva deducción por autoconsumo de 2026: tendrás que elegir una.

Ejemplo resuelto

Cambio de ventanas por 6.000 € en tu vivienda habitual, pagado por transferencia, sin subvención. Los certificados acreditan que la demanda de calefacción y refrigeración baja un 9 %.

Cumples el 7 % exigido para la deducción del 20 %. La base se limita a 5.000 €, así que la deducción es de 1.000 €. Los importes son un ejemplo para explicar el cálculo.

Si dudas de qué deducción te corresponde, puedes usar el asistente virtual de Renta de la Agencia Tributaria o consultar a un asesor.

Más ejemplos

Aerotermia por 10.000 € con 2.000 € de subvención. Los certificados acreditan una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 35 %.

Base: 10.000 − 2.000 = 8.000 €, que se limita a 7.500 €. Deducción al 40 %: 7.500 × 0,40 = 3.000 €.

Rehabilitación del edificio. Tu parte de la obra comunitaria, según tu coeficiente, es de 8.000 €, pagados en 2026. El certificado posterior se expide ese mismo año y acredita la letra B.

En 2026 la base se limita a 5.000 €: deducción de 5.000 × 0,60 = 3.000 €. Los 3.000 € restantes pasan a 2027: 3.000 × 0,60 = 1.800 €. Total: 4.800 €, el 60 % de 8.000 €.

Placas solares por 6.000 € sin subvención. Con la deducción por autoconsumo de 2026 al 10 %, la base se limita a 5.000 € y deduces 500 €. Si los certificados acreditan una reducción del 30 % del consumo de energía primaria no renovable, la del 40 % daría 6.000 × 0,40 = 2.400 €. Solo puedes elegir una; la segunda exige los dos certificados, cuyo coste sí entra en su base.

Todas las cifras son ilustrativas. La deducción no puede superar tu cuota del IRPF: si tu cuota es menor, solo aprovechas hasta ese importe (en la del 60 %, el exceso de base puede pasar a los años siguientes).

Dudas frecuentes

¿En qué declaración aplico la deducción?

En las del 20 % y el 40 %, en la del año en que se expide el certificado posterior. Si se expide en noviembre de 2026, la aplicas en la renta de 2026, que se presenta en 2027.

¿Puedo aplicar la del 40 % y la del 60 % a la vez?

No por la misma obra: las tres deducciones son incompatibles entre sí respecto de una misma obra. Sí puedes aplicar una a unas obras en tu vivienda y otra distinta a otras obras del edificio.

¿Entran los honorarios del técnico y los certificados?

Sí. Según la Agencia Tributaria, la base incluye los honorarios profesionales, la redacción del proyecto, la dirección de obra, la ejecución, los equipos y materiales y la emisión de los certificados de eficiencia energética.

¿Y si termino la obra en enero de 2027?

Con la norma vigente a septiembre de 2026, las deducciones del 20 % y el 40 % no cubrirían esa obra. Solo cambiaría si se aprueba una nueva prórroga.

Fuentes

Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento fiscal o financiero personalizado. ¿Has visto un error? Avísanos.